Si tienes un COMERCIO te va a interesar sumarte al programa de fomento del consumo mediante bonos

Si tienes un COMERCIO te va a interesar sumarte al programa de fomento del consumo mediante bonos

EN MAYO SE INICIARÁ EL PROGRAMA DE FOMENTO DEL CONSUMO MEDIANTE LOS BONOS DE ASTURIAS

Estimado/a empresario/a  :

Después de muchos meses de trabajo y negociación con el Gobierno de Asturias, el próximo mes de mayo se pondrán a disposición de la clientela de las micropymes y autónomos/as de Asturias los BONOS DE COMERCIO DE ASTURIAS por importe de 2 millones de euros que aporta el Gobierno de Asturias y que movilizarán un total de 6 millones de euros durante dos meses en compras en las tiendas que SE ADHIERAN al programa.

El contenido del programa es el siguiente:

  1. El total de los 2 millones de aportación publica implica que se pondrán a disposición de la clientela 200.000 bonos por importe de 10 euros cada uno y que podrán llegar a 40.000 personas.

  1. Cada persona podrá reservar un máximo de 5 bonos. El cliente al reservarlos recibe  un código QR que muestra en el comercio adherido al realizar la compra y se le descuentan 10 euros por cada compra mínima de 30 euros. La diferencia la abonará en efectivo o con tarjeta bancaria en el procedimiento normal de pago.  Eso  implica  que  cualquier  compra que realice en el comercio adherido tendrá un 30% de descuento sin que ese descuento le supongan desembolso alguno para el comercio.

  1. EL COMERCIO recibirá el pago de los bonos descontados en su comercio en las compras realizadas por la clientela mediante abono en su cuenta bancaria en el plazo de UNA SEMANA desde la realización de la compra.

  1. Para poder participar EL COMERCIO tiene que adherirse al programa desde EL 6 AL 22 DE ABRIL a través de la web https://bonoscomercioasturias.com siempre que cumpla con estos requisitos:

    1. Tener el comercio y el domicilio fiscal en Asturias.
    2. Estar dado de alta en algún epígrafe de los que se indican al final de esta circular.
    3. Estar al corriente de pagos de sus obligaciones con las administraciones públicas y la S Social así como haber justificado las subvenciones recibidas.

  1. El procedimiento de adhesión  es  sencillo,  le solicitarán  datos  de  identificación  del comercio y se firmará una declaración responsable SIN SER NECESARIA FIRMA DIGITAL.
  2. El funcionamiento puede verlo ya en la información disponible en la web del programa bonoscomercioasturias.com que resumido es:
    1. La clientela tiene el bono en formato QR en su móvil
    2. En el momento del pago de la compra le mostrará el código QR que usted escaneará con la aplicación del programa de bonos que tiene que descargar en su teléfono.
    3. En ese momento se le muestra la cantidad final a pagar por la clientela y a su cliente se le descuenta el importe de los bonos utilizados.
    4. Los bonos reservados por la clientela, con un máximo de 5 puedes gastarse en una compra o en varias, en un comercio o en varios y en productos que ya tengan otros descuentos o promociones en su tienda

 
    1. NO PUEDE USARSE LOS BONOS EN LA VENTA ONLINE.

EPIGRAFES DEL IAE QUE DEBEN TENER LOS COMERCIOS ADHERIDOS.

  • Epígrafe 653.4.—Comercio al por menor de materiales de construcción y de Artículos y mobiliario de saneamiento.
  • Epígrafe 653.5.—Comercio al por menor de puertas, ventanas y persianas, molduras y marcos, tarimas y parquet-mosaico, cestería y Artículos del corcho.
  • Epígrafe 653.6.—Comercio al por menor de Artículos de bricolaje.
  • Epígrafe 653.9.—Comercio al por menor de otros Artículos para el equipamiento del hogar N.C.O.P.
  • Grupo 659. Otro comercio al por menor.
  • Epígrafe 659.1.—Comercio al por menor de sellos, monedas, medallas conmemorativas, billetes para coleccionistas, obras de arte y antigüedades, minerales sueltos o en colecciones, fósiles, insectos, conchas, plantas y animales disecados.
  • Epígrafe 659.2.—Comercio al por menor de muebles de oficina y de máquinas y equipos de oficina.
  • Epígrafe 659.3.—Comercio al por menor de aparatos e instrumentos médicos, ortopédicos, ópticos y fotográficos.
  • Epígrafe 659.4. Comercio al por menor de libros, periódicos, Artículos de papelería y escritorio, y Artículos de dibujo y bellas artes.
  • Epígrafe 659.5.—Comercio al por menor de Artículos de joyería, relojería, platería y bisutería.
  • Epígrafe 659.6.—Comercio al por menor de juguetes, Artículos de deporte, prendas deportivas de vestido, calzado y tocado, armas, cartuchería y Artículos de pirotecnia.
  • Epígrafe 659.7.—Comercio al por menor de semillas, abonos, flores y plantas y pequeños animales.
  • Epígrafe 659.8.—Comercio al por menor denominado sex-shop.
  • Epígrafe 659.9.—Comercio al por menor de otros productos no especificados en esta Agrupación, excepto los que deban clasificarse en el epígrafe 653.9.

  • Grupo 651. Comercio al por menor de productos textiles, confección, calzado, pieles y artículos de cuero.
  • Epígrafe 651.1.—Comercio al por menor de productos textiles, confecciones para el hogar, alfombras y similares y Artículos de tapicería.
  • Epígrafe 651.2.—Comercio al por menor de toda clase de prendas para el vestido y tocado.
  • Epígrafe 651.3.—Comercio al por menor de lencería y corsetería.
  • Epígrafe 651.4.—Comercio al por menor de Artículos de mercería y paquetería.
  • Epígrafe 651.5.—Comercio al por menor de prendas especiales.
  • Epígrafe 651.6.—Comercio al por menor de calzado, Artículos de piel e imitación o productos sustitutivos, cinturones, carteras, bolsos, maletas y Artículos de viaje en general.
  • Epígrafe 651.7.—Comercio al por menor de confecciones de peletería.
  • Grupo 652. Comercio al por menor de artículos de droguería y limpieza; perfumería y cosméticos de todas clases; y de productos químicos en general; comercio al por menor de hierbas y plantas en herbolarios.
  • Epígrafe 652.2.—Comercio al por menor de productos de droguería, perfumería y cosmética, limpieza, pinturas, barnices, disolventes, papeles y otros productos para la decoración y de productos químicos.
  • Epígrafe 652.3.—Comercio al por menor de productos de perfumería y cosmética, y de Artículos para la higiene y el aseo personal.
  • Epígrafe 652.4.—Comercio al por menor de plantas y hierbas en herbolarios.
  • Grupo 653. Comercio al por menor de artículos para el equipamiento del hogar y la construcción.
  • Epígrafe 653.1.—Comercio al por menor de muebles (excepto los de oficina).
  • Epígrafe 653.2.—Comercio al por menor de material y aparatos eléctricos, electrónicos, electrodomésticos y otros aparatos de uso doméstico accionados por otro tipo de energía distinta de la eléctrica, así como de muebles de cocina.
  • Epígrafe 653.3.—Comercio al por menor de Artículos de menaje, ferretería, adorno, regalo o reclamo (incluyendo bisutería y pequeños electrodomésticos).